domingo, 24 de julio de 2011

Propuesta al Banco Central de Venezuela - Econ. Guillermo García

La utilización poco ortodoxa de una parte de las reservas internacionales, consideradas excedentarias por algunos economistas, ha traído una intensa polémica en los últimos años. En estos momentos, cuando se habla del incremento acelerado de la deuda en relación con el PIB; la recompra de la deuda externa venezolana puede ser una buena alternativa. En tal sentido, me permito presentar un esquema que busca dar una solución a la utilización de la mejor manera posible para el país de las reservas internacionales consideradas excedentarias. El esquema que planteo no requiere la modificación de la Ley del BCV y de su autonomía, por el contrario, le confiere facultad que esta dentro de su propia Ley, y funcionamiento, para crear, aplicar y ejercer las facultades ya otorgadas; así como la utilización de otras leyes de la República vigentes, pero que no han sido utilizadas para lo que fueron concebidas.

La Propuesta que planteo: El BCV crea un fideicomiso de inversión en dólares, el cual tiene como objetivo la creación del Fondo de Rescate de la Deuda, de la cual existe una ley. Este Fondo de Rescate de la Deuda, estructuraría la planificación de recompra de nuestra deuda externa en circulación, para retirar del mercado los bonos próximos a vencer en su pago de capital y los de mayor costo de servicio de deuda. Mediante esta operación, la República pondría fuera de circulación un monto mayor de deuda externa a lo disponible en recursos, ya que estaría comprando en el mercado internacional bonos que se encuentran en este momento a descuento de su valor facial (nominal). Esto va a permitir, que lo que se tenía asignado ya en el Presupuesto Nacional de este año y años subsiguientes por concepto de servicio de deuda externa y capital, se pueda reorientar. Bajo una reorientación de partidas del presupuesto, la cual la Asamblea Nacional tiene facultad para hacerlo, se reorienta esta partida de deuda, para los cuales ya existen los bolívares este año; y con estos bolívares reorientados, se crea un Fondo de Inversión de Capital de Riesgo, a través de la utilización de la ley especial que existe y rige para la creación de las Sociedades y Fondos de Capital de Riesgo, la cual fue modificada en el año 2002. La Superintendencia de Bancos es el ente encargado de aprobar la autorización de estas figuras jurídicas que permiten la inversión tanto directa en los proyectos como a través del financiamiento. El Fondo de Capital de Riesgo o su Sociedad Administradora canalizarían los recursos hacia el fomento de iniciativas empresariales y tecnológicas privadas. Una vez creado el Fondo de Inversión de Capital de Riesgo o su Sociedad Administradora, éste podría emitir obligaciones (bonos) en el mercado de valores, constituyendo un fideicomiso de garantía de cumplimiento de pago para los bonos que coloca en el mercado. Este fideicomiso estaría respaldado con recursos del Fonden. También se pudiesen lograr recursos de entes multilaterales como CAF y BID. Esta propuesta integral permitiría darle uso jurídico a las leyes que ya existen, mantener el valor de la moneda, reducir el riesgo país, crear un Fondo de Inversión de Capital de Riesgo adecuado a la ley y a su funcionamiento, como de una mayor transparencia, control administrativo y de gestión del Fondo a ser creado; ya que tendrá una figura jurídica propia y una Ley que lo regula y un ente que lo supervisa (Superintendencia de Bancos). Incluso podría participar como accionista el sector privado. El Fondo podría estar adscrito al Ministerio de Planificación y Desarrollo. Adicionalmente, las compañías privadas que se desarrollen y sean exitosas podrían colocar títulos de deuda o acciones en la Bolsa de Valores de Caracas para continuar con su expansión y desarrollo, contribuyendo también al desarrollo del mercado de valores que tanto lo requiere.Con esta propuesta integral, estaríamos dándole una mejor utilización a las reservas excedentarias, reduciendo deuda externa; creando y reglamentando dentro del marco de la Ley de Fondos de Inversión de Capital de Riesgo, un Fondo de Inversión orientado al financiamiento de empresas e iniciativas privadas para el inicio de sus operaciones (capital semilla) y el financiamiento a largo plazo, y la posibilidad de impulsar crecimiento económico y generación de empleos estables y mejor remunerados.

No hay comentarios:

Publicar un comentario